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Términos  y Condiciones
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DE LARGA DISTANCIA NACIONAL E INTERNACIONAL EXCLUSIVO PARA CLIENTES DE “Santander Consumo, S.A. de C.V. SOFOM, E.R.” EN LO SUCESIVO “LOS SERVICIOS” QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL USUARIO CUYOS DATOS FUERON REGISTRADOS EN LA PÁGINA WEB http://www.llama.santander.com.mx EN LO SUCESIVO “EL USUARIO”, Y POR OTRA PARTE TELIGENTIA, S.A. de C.V. EN LO SUCESIVO “EL OPERADOR”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS.
PRIMERA. OBLIGACIONES DE “EL OPERADOR”-
I.   “EL OPERADOR” se obliga a proporcionar “LOS SERVICIOS” de telecomunicaciones de larga distancia nacional e internacional para clientes de “Santander Consumo, S.A. de C.V. SOFOM, E.R.” referidos en la página web (http://www.llama.santander.com.mx) bajo el nombre “LLAMA SANTANDER”.
II.   “EL OPERADOR” se obliga a proporcionar a “EL USUARIO” el NIP o NIPS únicos (Número de Identificación Personal) una vez que éste se inscriba, y el sistema lo tenga como alta, es decir como usuario activo de “LOS SERVICIOS” de acuerdo al plan o planes que haya seleccionado, para el apropiado uso y acceso a “LOS SERVICIOS”, hecho que será considerado para todos los efectos legales que haya lugar como una manifestación de aceptación a los términos y condiciones de la prestación de “LOS SERVICIOS”. No existirá obligación alguna para “EL OPERADOR” en caso de que “EL USUARIO” no se inscriba en la página de Internet antes mencionada.
III.   “EL OPERADOR” dará acceso a “EL USUARIO” para el alta, suscripción, recargas, consulta y detalle de consumos, movimientos, cargos, llamadas, tarifas, teléfonos de acceso, ayuda en relación con “LOS SERVICIOS” a través de la página de Internet (http://www.llama.santander.com.mx) 24 horas al día, 365 días del año.
IV.   “EL OPERADOR” dará atención a las altas, suscripciones, dudas, sugerencias, aclaraciones, ayuda e información relacionada con “LOS SERVICIOS” a través del Servicio de Atención a Clientes Telefónico en los siguientes números de teléfonos: Ciudad de México 5227-7327 y en el resto de la República Mexicana 01-800-112-3727, con un horario de 08:00 a 23:00 de Lunes a Domingo.
V.   “EL OPERADOR” se obliga y compromete en el caso de que llegue a presentarse cualquier tipo de problema o impedimento para realizar los cargos y cobranza del producto en uso y aprovechamiento del o los servicios de “EL USUARIO”, notificar a éste por medio del canal de contacto que tenga registrado para que en un plazo no mayor a 72 horas “EL USUARIO” actualice la información correspondiente con el fin de poder llevar a cabo la cobranza en forma de acuerdo a las estipulaciones en este CONTRATO.
VI.   “EL OPERADOR” se obliga y compromete a sacar en paz y a salvo de cualquier reclamación respecto de la prestación de “LOS SERVICIOS” a “Santander Consumo, S.A. de C.V. SOFOM, E.R.” ya que éste no tiene ni asume responsabilidad alguna por la prestación o calidad de la prestación de “LOS SERVICIOS”, al ser sólo un intermediario entre “EL USUARIO” y “EL OPERADOR”¸ siendo este último el total responsable de la operación, administración, cobranza, página de Internet y demás en relación con “LOS SERVICIOS”.
SEGUNDA. OBLIGACIONES DE “EL USUARIO”-
I.   “EL USUARIO” se compromete a que la información que proporcionó voluntariamente para su registro, alta y/o suscripción de “LOS SERVICIOS” vía telefónica o en línea en (http://www.llama.santander.com.mx), coincide y es la misma que la contenida en sus estados de cuenta de tarjeta de crédito y/o débito SANTANDER, así como la demás información requerida en la solicitud de dicha página de Internet.
II.   El NIP otorgado por “EL OPERADOR” a “EL USUARIO” así como toda la información transmitida, o recibida por “EL USUARIO” a través de “LOS SERVICIOS”, es propiedad de “EL USUARIO”, por lo que es su responsabilidad establecer el soporte adecuado para recuperar cualquier pérdida de su NIP o información.
El mal uso, abuso o consecuencias por el uso del NIP será responsabilidad única y exclusiva de “EL USUARIO”, por lo que desde este momento otorga el finiquito más amplio que en derecho proceda y se obliga a dejar en paz y a salvo a “Santander Consumo, S.A. de C.V. SOFOM, E.R.” y a “EL OPERADOR” de cualquier mal uso o actividad ilícita realizada por “EL USUARIO”.
III.   “EL USUARIO” se obliga a que en caso de que tarjeta de crédito y/o débito SANTANDER registrada por él, se encuentre invalidada, cancelada o no exista saldo disponible a favor suficiente para cubrir los cargos, haya sido robada o se encuentre extraviada, a notificar a “EL OPERADOR” y actualizar su información correspondiente en un lapso máximo de 72 horas para que se lleven a cabo los cargos pendientes, ya sea a la solicitud de “EL OPERADOR” o porque “EL USUARIO” tenga conocimiento de cualquier tipo de cambio o modificación a su tarjeta que pueda impedir el apropiado cargo automático de “LOS SERVICIOS”.
TERCERA. AUTORIZACIÓN-
    El registro, suscripción y/o activación ya sea vía telefónica o en línea en (http://www.llama.santander.com.mx) mediante la requisición de los datos solicitados voluntariamente por “EL USUARIO” se tomará y hará las veces de autorización y consentimiento explícito para la aplicación de los cargos correspondientes a la tarjeta de crédito y/o débito SANTANDER de “EL USUARIO”. Los cargos que se efectúen de manera automática y que aparezcan como (“EKOFON LD”) en el estado de cuenta de la tarjeta de crédito o débito Santander de “EL USUARIO”, harán las veces de prueba de la disposición, por lo que la suscripción de pagarés (voucher) o expedición de cheque no será necesaria.
CUARTA. CARGOS Y PAGO DE LOS SERVICIOS-
    “EL USUARIO” reconoce y acepta que los cargos derivados del uso o aprovechamiento de “LOS SERVICIOS” serán hechos única y exclusivamente de manera automática a la tarjeta de crédito y/o débito SANTANDER que se encuentra registrada en la base de datos de “EL OPERADOR” registro en su alta, suscripción o registro, de acuerdo al plan de su elección.
a)   Plan Prepago “ELITE” “EL USUARIO” deberá de hacer las compras o recargas por el monto deseado de acuerdo a las tarifas y montos vigentes estipulados en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este CONTRATO con cargo a su tarjeta de crédito y/o débito SANTANDER previo a usar el servicio.
b)   Plan Postpago “ESTANDAR” los cargos de “EL USUARIO” se efectuarán de manera automática a su tarjeta de crédito SANTANDER, diariamente por el monto de los minutos del servicio utilizados en el caso de que los hubiera, del día inmediato anterior de acuerdo a las tarifas vigentes estipuladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este CONTRATO.
c)   Plan Postpago “ELITE” se le aplicará un cargo a “EL USUARIO” por el costo de la membresía estipulada en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato, a su tarjeta de crédito SANTANDER al momento de la suscripción de este plan y de igual manera se realizarán cargos automáticos mensuales por la misma cantidad (el costo de la membresía estipulada en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato) el mismo día de la suscripción de cada mes durante el periodo estipulado en la CLÁUSULA QUINTA, excepto cuando la fecha de contratación sea en los últimos 3 días del mes, cuando el cargo se realizará el último día natural del mes. Adicionalmente se harán los cargos automáticos diariamente por el monto de los minutos del servicio utilizados en el caso de que los hubiera, del día inmediato anterior de acuerdo a las tarifas vigentes estipuladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este CONTRATO.
QUINTA. PLAZO FORZOSO-
    La suscripción al servicio Postpago ELITE tiene un plazo forzoso de 12 (doce) meses, por lo que en caso de que “EL USUARIO” desee cancelar el servicio, se realizará un cargo por el costo de la membresía estipulada en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato por cada mes que reste para completar 12 (doce) meses. En caso de ya haber cumplido 12 (doce) meses y pagado las 12 (doce) mensualidades, el servicio se renovará en automático, donde a partir del mes 13, “EL USUARIO” podrá cancelar el servicio en cualquier momento sin necesidad de cumplir plazo forzoso, previa notificación por escrito 15 días de anticipación a la fecha de cargo recurrente mensual de la membresía “LLAMA SANTANDER” Postpago ELITE a “EL OPERADOR” ” entregada de cualquiera de las siguientes maneras:
a)   Por escrito a “EL OPERADOR” entregando la notificación a Leibnitz No. 270 Colonia Azures C. P. 11590 en la Cd. de México, D. F.
b)   Vía telefónica al centro de atención a clientes a los Teléfonos en la Ciudad de México al 5227-7327; y del resto de la República Mexicana 01-800-112-3727.
c)   En línea en la página www.llama.santander.com.mx a través de la sección contáctenos.
SEXTA. PLANES-
1.   Plan Postpago “ELITE”
    Habla primero y pague después sus consumos de minutos con cargo automático a tarjetas de crédito SANTANDER, con Membresía mensual.
    a. Renta mensual estipulada en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato.
    b. Tarifa por minuto a 63 destinos preferenciales estipulada en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este documento.
2.   Plan Postpago “ESTÁNDAR”
    Habla primero y pague después sus consumos de minutos con cargo automático a tarjetas de crédito SANTANDER.
    a. Tarifa por minuto a 63 destinos preferenciales: estipulada en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este documento.
3.   Plan Prepago“ELITE”
    Compra primero y habla después manteniendo el límite y control de tus gastos y llamadas con cargo automático a tu tarjeta de crédito y/o débito SANTANDER por el monto que desees $100, $200 y $500.
    a. Tarifa por minuto a 63 destinos preferenciales estipulada en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este documento.
    b. Promociones por monto prepagado: Estarán disponibles recargas de $100, $200 y $500 pesos.
     
   
Monto Prepagado Monto Abonado Bonificación
$100 $100 0%
$200 $220 10%+
$500 $600 20%+
SÉPTIMA. TARIFAS- Las tarifas vigentes para “LOS SERVICIOS” son:
     
I.   Costo de la membresía del plan Postpago “ELITE” $49.99 (cuarenta y nueve pesos 99/100) mensual IVA incluido.
    Tarifas desglosadas por destino y por plan tarifario:
II.  
  Continente País Postpago
Elite
Prepago
Elite
Postpago Estándar
1 Asia China $0.40 $0.75 $0.90
2 Asia Corea del Sur $0.40 $0.75 $0.90
3 Asia Corea del Sur Celular $3.50 $4.00 $5.00
4 Asia Hong Kong $0.40 $0.75 $0.90
5 Asia Israel $0.40 $0.75 $0.90
6 Asia Israel Celular $3.50 $4.00 $5.00
7 Asia Japón $0.40 $0.60 $0.90
8 Asia Japón Celular $3.50 $4.00 $5.00

   
  Continente País Postpago
Elite
Prepago
Elite
Postpago Estándar
9 Centroamérica Panamá $0.40 $0.75 $0.90
10 Centroamérica Panamá Celular $3.50 $4.00 $5.00
11 Centroamérica Puerto Rico $0.40 $0.75 $0.90

   
  Continente País Postpago
Elite
Prepago
Elite
Postpago Estándar
12 Europa Albania $0.40 $0.75 $0.90
13 Europa Alemania $0.40 $0.75 $0.90
14 Europa Andorra $0.40 $0.75 $0.90
15 Europa Armenia $0.40 $0.75 $0.90
16 Europa Austria $0.40 $0.75 $0.90
17 Europa Bélgica $0.40 $0.75 $0.90
18 Europa Bielorrusia $0.40 $0.75 $0.90
19 Europa Bosnia $0.40 $0.75 $0.90
20 Europa Bulgaria $0.40 $0.75 $0.90
21 Europa Celular $3.50 $4.00 $5.00
22 Europa Chipre $0.40 $0.75 $0.90
23 Europa Ciudad del Vaticano $0.40 $0.75 $0.90
24 Europa Croacia $0.40 $0.75 $0.90
25 Europa Dinamarca $0.40 $0.75 $0.90
26 Europa Eslovaquia $0.40 $0.75 $0.90
27 Europa Eslovenia $0.40 $0.75 $0.90
28 Europa España $0.40 $0.75 $0.90
29 Europa Estonia $0.40 $0.75 $0.90
30 Europa Finlandia $0.40 $0.75 $0.90
31 Europa Francia $0.40 $0.75 $0.90
32 Europa Gibraltar $0.40 $0.75 $0.90
33 Europa Grecia $0.40 $0.75 $0.90
34 Europa Holanda $0.40 $0.75 $0.90
35 Europa Hungría $0.40 $0.75 $0.90
36 Europa Inglaterra $0.40 $0.75 $0.90
37 Europa Irlanda $0.40 $0.75 $0.90
38 Europa Islandia $0.40 $0.75 $0.90
39 Europa Italia $0.40 $0.75 $0.90
40 Europa Letonia $0.40 $0.75 $0.90
41 Europa Liechtenstein $0.40 $0.75 $0.90
42 Europa Lituania $0.40 $0.75 $0.90
43 Europa Luxemburgo $0.40 $0.75 $0.90
44 Europa Macedonia $0.40 $0.75 $0.90
45 Europa Malta $0.40 $0.75 $0.90
46 Europa Moldavia $0.40 $0.75 $0.90
47 Europa Mónaco $0.40 $0.75 $0.90
48 Europa Montenegro $0.40 $0.75 $0.90
49 Europa Noruega $0.40 $0.75 $0.90
50 Europa Países Bajos $0.40 $0.75 $0.90
51 Europa Polonia $0.40 $0.75 $0.90
52 Europa Portugal $0.40 $0.75 $0.90
53 Europa República Checa $0.40 $0.75 $0.90
54 Europa Rumania $0.40 $0.75 $0.90
55 Europa Rusia $0.40 $0.75 $0.90
56 Europa San Marino $0.40 $0.75 $0.90
57 Europa Suecia $0.40 $0.75 $0.90
58 Europa Suiza $0.40 $0.75 $0.90
59 Europa Ucrania $0.40 $0.75 $0.90
   
  Continente País Postpago
Elite
Prepago
Elite
Postpago Estándar
60 Norteamérica Canadá $0.40 $0.75 $0.90
61 Norteamérica Estados Unidos $0.40 $0.75 $0.90
62 Norteamérica México $0.40 $0.75 $0.90
63 Norteamérica México Celular $2.00 $2.50 $3.00

   
  Continente País Postpago
Elite
Prepago
Elite
Postpago Estándar
64 Sudamérica Argentina $0.40 $0.75 $0.90
65 Sudamérica Argentina Celular $3.50 $4.00 $5.00
66 Sudamérica Brasil $0.40 $0.75 $0.90
67 Sudamérica Brasil Celular $3.50 $4.00 $5.00
68 Sudamérica Chile $0.40 $0.75 $0.90
69 Sudamérica Chile Celular $3.50 $4.00 $5.00
70 Sudamérica Colombia $0.40 $0.75 $0.90
71 Sudamérica Colombia Celular $3.50 $4.00 $5.00
72 Sudamérica Perú $0.40 $0.75 $0.90
73 Sudamérica Perú Celular $3.50 $4.00 $5.00
74 Sudamérica Uruguay $0.40 $0.75 $0.90
75 Sudamérica Uruguay Celular $3.50 $4.00 $5.00
76 Sudamérica Venezuela $0.40 $0.75 $0.90
77 Sudamérica Venezuela Celular $3.50 $4.00 $5.00

   
  Continente País Postpago
Elite
Prepago
Elite
Postpago Estándar
78   Resto de Mundo $10.00 $11.50 $12.00

  Notas:
 









Todas las tarifas incluyen IVA
Tarifas en pesos mexicanos
Tarifas por minuto o fracción
Tarifas a través de teléfonos de acceso local
Llamando a través del teléfono de acceso 01800 de la República Mexicana, aplica un cargo adicional por minuto o fracción de $0.75 IVA incluido.
Adicionalmente a la tarifa por minuto dependiendo del plan contratado, llamando al teléfono de acceso 01800 de la República Mexicana desde teléfono público en México aplica un cargo adicional, al cargo normal desde acceso 01800, por minuto o fracción de $1.15 IVA incluido. Por lo que el cargo adicional total será de $1.90 por minuto.
Adicionalmente a la tarifa por minuto dependiendo del plan contratado, Llamando desde teléfono público en Estados Unidos aplica un cargo de $0.99 USD IVA incluido por llamada.
     
    Las partes acuerdan que las tarifas por minuto a los diferentes destinos que se ofrecen para “LOS SERVICIOS” podrán cambiar de conformidad con las variaciones del mercado respecto de las tarifas internacionales ya sea a la baja o a la alza, por orden de alguna ley, reglamento u otra disposición de carácter general o de Autoridad Administrativa o Judicial; o por cuestiones de hecho o de mercado fuera del control de “EL OPERADOR” para lo cual, se le notificará a “EL USUARIO” con 5 días de anticipación de la entrada en vigor de las nuevas tarifas por medio de la página www.llama.santander.com.mx y/o a través de mensajes de correo electrónico enviados por “EL OPERADOR” a “LOS USUARIOS”. En el entendido de que “LOS SERVICIOS” siempre mantendrán el mismo valor competitivo frente a las demás empresas prestadoras de servicios similares, en el rubro de larga distancia nacional e internacional.
OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD –
    Queda prohibido a las partes afectar la seguridad o divulgar la confidencialidad de la información estando ésta almacenada o procesada por “LOS SERVICIOS”, o, cuando no sea de su propiedad.
NOVENA. RESPONSABILIDAD-
    “EL OPERADOR” no será responsable por la interrupción o suspensión en la prestación de “LOS SERVICIOS” provenientes por caso fortuito, fuerza mayor o actos imputables a terceros, proveedores directos o indirectos para la prestación de “LOS SERVICIOS”, ni por fallas en los equipos propiedad de “EL OPERADOR” que impidan el funcionamiento normal de éstos, así como a las suspensiones debidas a reparaciones normales o a las modificaciones que sean necesarias en sus instalaciones.
Cuando sea necesaria la suspensión temporal de “LOS SERVICIOS” por motivos de mantenimiento preventivo, “EL OPERADOR” le notificará anticipadamente a “EL USUARIO”.
En todo caso, “EL OPERADOR” podrá establecer o sugerir, se empleen los medios alternos de comunicación que considere convenientes, mismos a los que se les aplicará las tarifas vigentes establecidas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este CONTRATO, para seguir en uso de “LOS SERVICIOS”. En cualquier caso “EL OPERADOR” procurará que dichas suspensiones ocasionen la menor molestia.
En todo momento deberá entenderse que la responsabilidad de “EL OPERADOR” será igual a la del artículo 381 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.
DÉCIMA. ACLARACIONES-
    En caso de que “EL USUARIO” no esté conforme con el monto de los cargos o desconozca alguna o varias llamadas en su cuenta, hará la reclamación o solicitud de aclaración correspondiente al “EL OPERADOR” dentro de los 30 (Treinta) días naturales siguientes a la fecha en que se haya recibido el cargo, en este caso y junto con la reclamación de cuenta de “EL USUARIO”, por cualquiera de las siguientes vías:
a)   Por escrito a “EL OPERADOR” entregando la queja a Leibnitz No. 270 Colonia Azures C.P. 11590 en la Cd. de México
b)   Vía telefónica al centro de atención a clientes a los teléfonos 5227-7386 en la Ciudad de México o al 01800 248-3560 del resto del la República Mexicana.
c)   En línea en la página www.llama.santander.com.mx a través de la sección contáctenos.
     
    “EL OPERADOR” por su parte contará con 8 días hábiles para llevar a cabo la investigación procedente con la finalidad de definir la procedencia o improcedencia de la aclaración solicitad por parte de “EL USUARIO” y llevar a cabo los ajustes y notificaciones correspondientes a manera de darle curso y solución a “EL USUARIO”.
DÉCIMA PRIMERA. SUSPENSIÓN O INTERRUMPCIÓN DEL SERVICIO-
    Se podrá suspender o interrumpir temporal o definitivamente según sea el caso la prestación de “LOS SERVICIOS” a “EL USUARIO”:
a)   Interfiere con el uso de “LOS SERVICIOS” de otros clientes.
b)   Daña materialmente la operación de “LOS SERVICIOS”.
c)   Transmite noticias y/o mensajes cuyo texto sea contrario a la seguridad del estado, a la concordia internacional, a la paz, al orden público, a las buenas costumbres, a las leyes del país y a la decencia del lenguaje; o que perjudiquen los intereses culturales y económicos de la nación, causen escándalo o ataquen en cualquier forma al Gobierno constituido, a la vida ordenada o que tengan por objeto la comisión de algún delito y obstruyan la acción de la justicia, así como al servicio para cualquier otro fin prohibido por las leyes.
d)   Ceder, comercializar, revender o de cualquier otro modo enajenar el servicio a terceras personas, sin el consentimiento por escrito de “EL OPERADOR”.
e)   La falta u omisión por parte de “EL USUARIO” de las obligaciones establecidas en la CLÁUSULA SEGUNDA de este contrato, o alguna otra que sea contraria a la ley.
f)   El no cubrir los montos derivados de los cargos por uso y aprovechamiento de “LOS SERVICIOS” en tiempo y forma estipulados en la CLÁUSULA TERCERA.
    Para que “EL OPERADOR” reanude el servicio suspendido, “EL USUARIO”, en el caso de que la causa haya sido la cobranza no exitosa a su tarjeta de crédito SANTANDER, deberá cubrir previamente la suerte principal del adeudo más los intereses moratorios. Los intereses moratorios se generarán mensualmente, sobre los saldos insolutos adeudados y serán los que resulten de multiplicar la tasa de rendimiento (promedio ponderada o la que lo sustituya), en colocación primaria, de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días; por el factor 1.2 (uno punto dos), mismos que correrán desde la fecha del incumplimiento hasta el día de su liquidación total.
Una vez que se actualice cualquiera de los supuestos referidos anteriormente, “EL OPERADOR” podrá determinar si la situación amerita suspender definitivamente “LOS SERVICIOS” de “EL USUARIO”, previo comunicado por escrito, de manera inmediata y sin necesidad de declaración judicial.
DÉCIMA SEGUNDA. SUBTÍTULOS-
    Los subtítulos establecidos en este CONTRATO son exclusivamente por conveniencia de las partes, para referencia e identificación, por lo que no se considerarán para efectos de interpretación o cumplimiento de las estipulaciones establecidas en este CONTRATO.
DÉCIMA TERCERA. NULIDAD.
    La nulidad de alguna disposición o Cláusula de este CONTRATO o de cualquier convenio, contrato o instrumento que se requisita bajo el mismo, no afectará la validez u obligatoriedad del resto de las disposiciones de este CONTRATO o de cualquier contrato o instrumento derivado del mismo.
DÉCIMO CUARTA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA-
    Para los efectos de interpretación y ejecución del presente CONTRATO las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que les pudiera corresponder por sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa o circunstancia.-
     
     
     

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